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“La violencia contra la mujer le hace perder años de vida saludable”

La Dra. Diana Galimberti, (ginecología y obstetricia)precursora de la Ley de Parto Respetado, habla sobre las caras de la violencia obstétrica

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En Argentina, la Ley Nº 26.485 define distintos tipos de violencia de género: física, psicológica, sexual y simbólica. Y también da cuenta de algunas modalidades: doméstica, institucional, laboral, mediática, contra la libertad reproductiva y obstétrica.

La violencia obstétrica está estipulada en la Ley 25.929 (Ley de Parto Humanizado o Parto Respetado) como aquella que “ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales”.

Una de las precursoras de dicha Ley de Parto Respetado en nuestro país fue la Dra. Diana Galimberti, médica especialista en ginecología y obstetricia quien se ha desempeñado como  directora del Hospital General de Agudos “Dr. Teodoro Álvarez”, directora de salud de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, coordinadora del Comité de Violencia de Género de la FASGO (Federación Argentina de Sociedades de Obstetricia y Ginecología), ​ y presidenta del Centro Latinoamericano de Salud y Mujer. Actualmente dirige el comité de políticas públicas globales llamado Violence Against Women, de la International Federation of Gynecology and Obstetrics, con sede en Londres, y compuesto no solamente por el obstetra y el ginecólogo, si no también por médicos generalistas, tocoginecologos, obstétricas y enfermeras.

Desde 1992 Galimberti se ha dedicado a la investigación sobre la violencia contra la mujer durante el parto, algo que, a su juicio, era bastante común, pero nunca denunciado por las víctimas. “La violencia obstétrica le hace perder a la mujer años de vida saludable. No solo a ella, también a su familia”, sentencia la especialista. “Es un problema muy serio y ocurre tanto en el sector público como en el privado y, ante ese panorama, la mujer ve como mejor opción al parto domiciliario”, agrega.

“Cuando uno propone una ley, lo hace con la intención de darle recursos a las personas más vulnerables para que puedan ejercer sus derechos. Y esta ley lo que planteaba era cómo debía ser la atención en los servicios de salud de una mujer que fuera a parir. Sin embargo, mientras pasaba el tiempo, comienzan a aparecer grupos radicalizados que definieron exclusivamente al parto humanizado como el parto domiciliario. Por eso, hoy en día un médico se pregunta: ¿es que acaso lo que hacemos no es humanizado?”, cuenta la doctora.

De la Ley 26.485, Galimberti se detiene en el artículo referido a la violencia obstétrica y resalta que el término hace referencia a las acciones de todo el personal de salud (enfermeros,  obstétricas, psicólogos, residentes, médico de guardia, y otros), no sólo del tocoginecólogo. Incluye desde el portero de la institución, el personal administrativo, al de maestranza, etc. “Todo el personal debe estar capacitado sobre Derechos Humanos y, sobre todo, acerca de la Ley de Parto Respetado”, dice.

 

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¿Cuáles son algunas de las violaciones a las que están expuestas las mujeres durante el parto? Galimberti los menciona: no tener intimidad, recibir revisión masiva del cuerpo y órganos genitales (un ejemplo son los tactos vaginales repetidos y realizados por distintos profesionales de la salud), no tener autonomía básica y recibir tratos crueles y degradantes como la infantilizacion o patologización de los procesos naturales.

La especialista plantea que los mejores servicios de obstetricia tienen guías de procedimiento para la atención del parto. Hoy en día, las pacientes le presentan al obstetra el plan de parto. El secreto, dice, es escuchar, mediar, pero sobre todo explicar.  “Es común que prohiban que se les realice una episiotomía, una venoclisis, una peridural o un monitoreo continuo. Y si por alguna razón, aunque sea necesario en caso de emergencia, se le realiza alguna de esas prácticas, lo encuadran dentro de la definición de violencia, porque han sacado de contexto lo que dice la bibliografía internacional. La evidencia, en ningún caso, impide que se realice alguno de esos procedimientos, sino que recomienda que no se hagan de forma rutinaria, y eso hay que aclararlo siempre”, explica.

“La mujer tiene derecho a negarse, pero uno tiene que explicarle claramente cuáles son las consecuencias que eso tendrá”, asegura. Por ejemplo: cuando la mujer se niegue a una episiotomía, se le debe aclarar la posición de la Organización Mundial de la Salud, la cual es no hacer episiotomía sin distinción, pero si es necesario, el procedimiento debe realizarse para evitar un desgarro o una complicación mayor.

Su recomendación al equipo especialista es, una vez más, que se informe en todo momento a la paciente de lo que se hará o se dejará de hacer: “Cada vez que uno interactúa con la mujer, tiene que explicarle cuál es su evolución respecto al  trabajo de parto. Eso sí, no es los mismo decirle ‘le falta poquito’ a decirle la cantidad de centímetros de dilatación que presenta, que lo ideal son 10 centímetros y, en dado caso, que tendrá unas 4 o 5 horas más de contracciones antes de pasar a sala de partos”.

El equipo de salud puede ganarse la confianza de la mujer y, al mismo tiempo, tranquilizarla. Que tenga un acompañante es ideal, sobre todo si es el padre (o el miembro de la familia escogido). Esto evitaría, además, la violencia en el nacimiento, la cual está definida como la pérdida de autonomía y protagonismo de los padres, siendo suplantados por el equipo asistencial.

También hay que dejar creencias personales a un lado y basarse solo en la evidencia. Galimberti hace una mención especial a la atención de complicaciones por abortos naturales o provocados, sean punibles o no. “Las mujeres llegan al servicio con complicaciones de aborto y el trato es diferencial, bien sea por mitos o por temas religiosos. Algunos profesionales creen que pueden ser jueces de mujeres que, quizás, han tenido un aborto espontáneo y ellos suponen que puede ser un aborto inducido”.

 

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En cuanto a la cesárea a pedido de la paciente, la doctora se pregunta si es realmente así o por “comodidad” del equipo asistencial. “En el sector privado se realizan demasiadas cesáreas porque, supuestamente, las mujeres lo piden. Pero hay investigaciones que confirman que eso no es tan así”, dice. A su juicio, si una mujer sana, con un embarazo en buen desarrollo, solicita que se le practique un parto por cesárea, el profesional tiene derecho a decir que no.

“No es una obligación. Hay un código de ética que le permite al médico decir ‘yo no creo que deba hacerlo’, y ahí está el derecho del paciente contra el del profesional. La mujer puede buscar otro profesional que satisfaga sus deseos: se traslada la ficha de su atención perinatal a nombre del nuevo médico y se firma por las tres partes. Este sería el manejo correcto sin que implique abandono de persona”, resalta.

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